Rumbo Express C.A., con domicilio en carrera 25 con calle 43, Barquisimeto Estado Lara, para conducir por el centro de las ciudades y en carreteras interurbanas de Venezuela, hemos establecido una Política de igualdad de oportunidades laborales y no acoso ni discriminación basandonos en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) y cualquier otra ley aplicable en Venezuela, se aplica a todos los aspectos de la relación entre Rumbo Express C.A., y sus empleados, incluidos, entre otros, empleo, reclutamiento, anuncios de empleo, contratación y despido, compensación, asignación, clasificación de empleados, despido, ascensos, promociones, transferencias, capacitación, condiciones laborales, administración de salarios y sueldos, beneficios para empleados y aplicación de políticas. Estas políticas se aplican a contratistas independientes, empleados temporales, todo el personal que trabaja en las instalaciones y cualquier otra persona o empresa que haga negocios para o con Rumbo Express C.A. Cualquier usuario que haya violado esta prohibición perderá el acceso a la plataforma de Rumbo Express C.A.
II. POLÍTICAS
1. DISCRIMINACIÓN.
Rumbo Express C.A. no tolerará, bajo ninguna circunstancia y sin excepción, ninguna forma de discriminación basada en raza, credo, religión, color, edad, discapacidad, embarazo, estado civil, estado parental, orientación sexual, expresión de género, identidad de género, condición de veterano, condición militar, condición de víctima de violencia doméstica, origen nacional, afiliación política, sexo, características genéticas predisponentes o ubicación geográfica y cualquier otra condición protegida por la ley. Esta lista no es exhaustiva. Para las personas calificadas con discapacidades, Rumbo Express C.A. Hará todo lo posible para proporcionar adaptaciones razonables en el lugar de trabajo que cumplan con las leyes aplicables.
La discriminación en la prestación de servicios de transporte está estrictamente prohibida.
Los conductores y empleados asociados deben conocer las prohibiciones de no discriminación. Rumbo Express C.A. No tolerará en lo que respecta a lugares públicos, que incluyen servicios de taxi prácticas discriminatorias ilegales para negar, directa o indirectamente, a cualquier persona el disfrute pleno e igualitario de los bienes, servicios, instalaciones, privilegios, ventajas y alojamientos de cualquier lugar de alojamiento público (incluidos los servicios de taxi locales y viajes nacionales) total o parcialmente por un motivo discriminatorio basado en el lugar de residencia o negocio.
Conducta discriminatoria prohibida:
Rumbo Express C.A. Reconoce que los conductores asociados nunca deben discriminar a ciertos clientes al no recogerlos, no llevarlos a donde desean ir o al tratarlos con menos respeto en función de las características o rasgos protegidos enumerados anteriormente. Los ejemplos específicos de conducta discriminatoria incluyen los siguientes:
No recoger a un pasajero sobre la base de cualquier característica o rasgo protegido, incluido no recoger a un pasajero con un animal de servicio. Solicitar que un pasajero se baje de un taxi sobre la base de una característica o rasgo protegido. Usar lenguaje despectivo o acosador sobre la base de una característica o rasgo protegido. Rechazar una recogida en un área geográfica específica.
Discriminación geográfica:
Rumbo Express C.A. No tolera la discriminación geográfica y reconoce lo importante que es llevar al cliente al destino solicitado sin discriminar a ese cliente en función de a dónde desea ir. Todos los conductores, empleados, gerentes, partes interesadas y agentes asociados de Rumbo Express C.A. Cumplirán con estas políticas antidiscriminación. En algunos casos, las leyes y regulaciones locales pueden brindar mayores protecciones que las descritas en esta política.
2. ACOSO
Rumbo Express C.A. Se compromete a proporcionar un entorno de trabajo libre de acoso. Cualquier comportamiento que no sea deseado y ofensivo para el destinatario, que cree un entorno de trabajo intimidante, hostil o humillante para esa persona, viola la política de Rumbo Express C.A. El acoso puede ocurrir entre miembros del sexo opuesto o del mismo sexo. No se tolerará el acoso, verbal o no verbal, explícito o implícito, basado en el sexo, la raza, la etnia, el origen nacional, la edad, la religión o cualquier otra característica protegida legalmente de una persona. Todos los empleados, incluidos los supervisores, otro personal de gestión y los contratistas independientes, deben cumplir con esta política. Ninguna persona se verá afectada negativamente en su empleo en Rumbo Express C.A. como resultado de presentar denuncias de acoso.
3. ACOSO SEXUAL
Los avances sexuales no deseados, las solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual constituyen acoso cuando (1) la sumisión a dicha conducta se hace explícita o implícitamente un término o condición de empleo; (2) la sumisión o el rechazo de dicha conducta por parte de un individuo se utiliza como base para decisiones de empleo, ascensos, transferencias, selección para capacitación, evaluaciones de desempeño, beneficios u otros términos y condiciones de empleo; o (3) dicha conducta tiene el propósito o el efecto de crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo o interfiere sustancialmente con el desempeño laboral de un empleado. Rumbo Express C.A. prohíbe la conducta inapropiada que sea de naturaleza sexual en el trabajo, en los negocios de la Compañía o en eventos patrocinados por la Compañía, incluidos los siguientes: comentarios, bromas, lenguaje degradante, objetos sexualmente sugerentes, libros o cualquier forma de medios electrónicos o impresos. El acoso sexual está prohibido ya sea entre miembros del sexo opuesto o miembros del mismo sexo.
4. DECLARACIÓN SOBRE LA ACCIÓN AFIRMATIVA
Se ha desarrollado un programa de acción afirmativa donde Rumbo Express C.A. busca aumentar la representación y participación de las minorías.
5. DENUNCIA DE DISCRIMINACIÓN Y ACOSO
Si un empleado siente que ha sido acosado como se describe en esta política, debe presentar una queja de inmediato ante: Departamento de Quejas ante las autoridades correspondientes. Una vez que se haya informado el asunto, se investigará de inmediato y se tomarán las medidas correctivas que se consideren adecuadas. Todas las quejas o acosos ilegales en virtud de esta política o de otro modo se manejarán de la manera más confidencial posible. Se recomienda la presentación de informes a tiempo para evitar la recurrencia o abordar de otro modo el comportamiento que viola esta política o ley. Las demoras en la presentación de una queja pueden limitar el tipo de eficacia de una respuesta por parte de Rumbo Express C.A. El procedimiento para informar incidentes de comportamiento discriminatorio o acosador no tiene como objetivo impedir el derecho de cualquier empleado a buscar un remedio en virtud de la ley disponible informando inmediatamente el asunto a la institución correspondiente.
6. REPRESALIAS
Las represalias contra cualquier persona asociada con Rumbo Express C.A. Que denuncie casos de acoso (ya sea que esté involucrada directa o indirectamente) violan las políticas de Rumbo Express C.A. Se supone que todos los incidentes denunciados se hicieron de buena fe. Cualquier acusación que se demuestre que es falsa se tratará como un asunto grave.
7. MEDIDAS DISCIPLINARIAS POR ACOSO
Cualquier empleado que tenga un comportamiento que viole esta política estará sujeto a medidas disciplinarias, incluido el posible despido, independientemente de que se haya violado o no una ley real.
8. REMEDIOS
Las compensaciones por cualquier caso de discriminación laboral verificada, ya sea causada intencionalmente o por acciones que tengan un efecto discriminatorio, pueden incluir pago retroactivo, contratación, ascenso, reincorporación, pago anticipado, adaptación razonable u otras acciones que Rumbo Express C.A. Considere apropiadas. Las compensaciones también pueden incluir el pago de honorarios de abogados, honorarios de testigos expertos, costos judiciales y otros honorarios legales aplicables.
9. IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS
El director ejecutivo de Rumbo Express C.A., Carlos Arroyo, apoya plenamente la implementación de esta Política a partir del 6 de enero de 2025.